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Convivencia: ¿solo una cuestión de amor?

¿Qué aspectos legales son importantes a tener en cuenta si estas por dar ese paso con tu pareja? Desde su visión de abogada y columnista de Voilà, Natacha Sacchi, te asesora sobre este tema

¡Hola Universo Voilà! Gracias por recibirme en este espacio tan necesario creado por mujeres, inspirado en ellas pero también, abierto a todos. Primero les quiero contar que mi nombre es Natacha, soy abogada, madre de 2 niños, buscadora incansable de bienestar y desde este lugar me defino ferviente seguidora de esta revista donde fui convocada para aportar una mirada «legal“ de muchas realidades que nos atraviesan y para transmitir el poder del conocimiento de la ley. Digo “poder” porque la información es poder y conocer nuestros derechos en los ámbitos que tocan nuestra vida, es una herramienta fundamental para sentirnos plenos y libres de elegir.



Esta es la orientación que quiero darle a esta columna, y hoy les quiero acercar algunas de las herramientas legales disponibles para todas aquellas personas que inician un proyecto de vida en común con la pareja que eligen desde el corazón. Mi intención es que puedan pensar que esa elección de vida puede también ser legamente prevista para evitar futuros conflictos.

La realidad de hoy no solo determinó que las parejas elijan la convivencia como modo de vinculación  casi en igual porcentaje que las típicas y más tradicionales uniones matrimoniales, sino que también es necesario pensarlas desde su actualidad en la que generalmente, ambos integrantes trabajan o desarrollan una profesión una actividad comercial o un emprendimiento y que además, ya tiene bienes que, al momento de decidir esta fusión de vidas, es un aspecto que no debería quedar desprotegido o no contemplado.  

En este sentido, es que el Código Civil y Comercial de la Nación sancionado en el año 2015, previó ciertas herramientas que visibilizan la importancia de estas uniones para la sociedad, siendo una clara demostración  de la necesaria y constante adaptación del marco normativo a la realidad que vivimos día a día.

Es esta posibilidad de “diseñar” un marco legal acordado entre la pareja, lo que constituye la principal y fundamental diferencia con el matrimonio y lo que en definitiva lo vuelve más tentador, poniéndonos en protagonistas de nuestros proyectos.  



“¿Contigo pan y cebolla?”

¿Sabías que todo lo que se pactar en una convivencia puede ser modificado en cualquier momento por la pareja, y que si se termina este proyecto de vida, también termina este acuerdo?  Veamos más claro en un caso concreto.

Ya estás previendo con tu pareja. Decidieron irse a vivir juntos porque sienten que es el momento indicado para dar ese ‘otro paso’. Están enamorados y quieren probar la convivencia. ¡Todo fluye! Sin embargo –y no es ser pájaro de mal agüero-, hay algunos puntos que podrían tenerse en cuenta al tomar esta decisión, como por ejemplo, prever cómo se afrontarán los gastos comunes del hogar (alquiler, impuestos, supermercado) y si llegan los hijos, establecer la distribución de los gastos y los cuidados que las “bendis” impliquen.


Prever la manera en se afrontarán los gastos comunes previo a la decisión de convivir, no es algo frío sino tal vez ‘necesario’ para este nuevo proyecto de vida con tu pareja.

Otra cosa que es necesario pensar ‘en frío’ es qué pasaría si esta convivencia no es lo que se esperaba y se decide finalizarla. ¿Cómo se dará el tema de los bienes adquiridos durante ese tiempo juntos? O algo más duro, en caso de fallecimiento de alguno de los dos (¡Dios no lo permita!), ¿cómo ver el tema de la herencia? Te recuerdo que la convivencia no crea estado civil y en consecuencia, los convivientes no son herederos entre sí.

Conocer todas estas opciones que nos da el ordenamiento jurídico familiar, nos puede permitir elegir con mayor libertad tanto a la persona con la que deseas formar un proyecto de vida en común como la seguridad de poder disponer de los derechos que tenemos en miras a tu bienestar y la protección de tu patrimonio, y de esta forma, evitar conflictos a futuro.



Sin duda que amar es una elección pero mientras más consiente, más cuidada y más protegida legalmente la hagamos, menos margen de equivocarnos y de sufrir más que por un corazón roto. ¿Un último consejo? ¡Asesorate siempre!

Finalmente, antes de despedirme y tal como mencioné en el inicio de esta columna, mi objetivo principal es que este sea un espacio abierto al diálogo y a a poder asesorarte desde mi visión de abogada, sobre todos aquellos temas que te interese. Por lo cual no dudes en escribirme a sacchinatacha@gmail.com
¡Hasta la próxima!



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